PORTAL DE TRANSPARENCIA

Actualización: Junio 2022

Se encuentra en el Portal de Transparencia del COEMU. Se trata de una actuación que el COEMU está obligado a desarrollar, en tanto Corporación de Derecho Público y conforme al contenido del artículo 5 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y de la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

¿QUÉ ES EL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA?

La Ley de Transparencia Pública de la Región de Murcia reconoce el derecho de los ciudadanos a solicitar y obtener la información veraz que obre en poder de este Colegio dentro de su ámbito de aplicación.

¿A QUIEN VA DIRIGIDO EL PORTAL?

Está dirigido a los ciudadanos que deseen obtener información relativa al funcionamiento del Colegio.

DERECHOS QUE LA LEY OTORGA A LOS CIUDADANOS

– Derecho a la publicidad activa. Consiste en el derecho de cualquier persona a que los poderes públicos publiquen, en cumplimiento de la presente ley, de forma periódica y actualizada, la información veraz cuyo conocimiento sea relevante para garantizar la transparencia de su actividad relacionada con el funcionamiento y control de la actuación pública.

– Derecho de acceso a la información pública. Consiste en el derecho de cualquier persona a acceder, en los términos previstos en esta ley, a los contenidos o documentos que obren en poder de cualesquiera de las personas y entidades incluidas en el ámbito de aplicación de la presente ley y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.

– Derecho a obtener una resolución motivada. Consiste en el derecho de la persona solicitante a que sean motivadas las resoluciones que inadmitan a trámite la solicitud de acceso, que denieguen el acceso, que concedan el acceso tanto parcial como a través de una modalidad distinta a la solicitada, así como las que permitan el acceso cuando haya habido oposición de una tercera persona interesada.

– Derecho al uso de la información obtenida. Consiste en el derecho a utilizar la información obtenida sin necesidad de autorización previa y sin más limitaciones de las que deriven de esta u otras leyes.

Junta de gobierno Información relativa a las funciones que desarrolla la entidad. Gestión de la Colegiación de Odontólogos.

Normativa aplicable a la entidad > Estatutos del Colegio

Las funciones que tienen encomendadas los órganos y unidades administrativas.
La Junta de Gobierno del Colegio representará a los Odontólogos y Estomatólogos en todos los actos oficiales y ejercerá las funciones corporativas de su jurisdicción con todos los derechos y obligaciones que se deriven de la Ley, de lo dispuesto en los presentes estatutos y de los acuerdos emanados de la Junta General de colegiados, quedando facultada para adoptar cuantas medidas legales y reglamentarias estime pertinentes para mejor asegurar el cumplimiento de aquellas.

Administrativos del colegio Realización de asutnos de tramite según las instrucciones de la junta de gobierno, así como, la recepción y entrega çde doucmentación. y trámites burocráticos.

El Colegio de Dentistas de la Región de Murcia, no recibe ningún tipo de subvención, ayuda pública o avales.

El Colegio Oficial de Dentistas de la Región de Murcia no mantiene activo ningún contrato con otra entidad.